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9. En los casos de personas DESAPARECIDAS deberá de considerar los siguientes aspectos:

a. Para llegar a buscar a su ser querido o reportar a una persona desaparecida, es la única actividad (servicio) en donde no se requiere el oficio de la autoridad competente.
b. En casos de personas desaparecidas durante el CONFLICTO ARMADO, los familiares más cercanos deberán presentarse a la Oficina de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores.
c. Si su familiar ha desaparecido, antes de presentar su reporte al instituto de Medicina Legal deberá:

I. Haber consultado con familiares y amigos si no lo han visto o está con ellos.
II. Haber buscado en los hospitales del Sistema Nacional, el ISSS y privados.
III. Consultar si no está en las bartolinas de la PNC o el CAM cercanas a la zona en donde ha desaparecido.
IV. Preguntar en la Oficina de Personas Detenidas

d. Una vez superados los pasos anteriores se presentará al Instituto en donde será atendido por personal calificado en el área de Atención al Usuario:  

I. Inicialmente con las características que brinde el familiar se realizará una búsqueda en la base de personas no identificadas que ingresan (mismos pasos).
II. En estos casos, un familiar debe:

1. Presentarse al IML con su DUI,
2. Llenar ficha de datos
3. Preguntar cada mes
4. Avisar si es encontrado.
5. Presentar fotografía reciente del fallecido.